Modelo de ejemplo, no asesoramiento jurídico. Lo ha preparado el Equipo Pisos Clic con datos ficticios a partir de la normativa vigente el 29 de octubre de 2026 y no lo ha revisado un abogado. Adáptalo a tu caso y consúltalo con un profesional antes de firmar. Los reales decretos-ley 29/2026 y 28/2026 están pendientes de convalidación por el Congreso.
Actualizado el 29 de octubre de 2026 · Normativa consultada el 29/10/2026 · Contratos de alquiler
Modelo de contrato de alquiler de vivienda habitual (propietario empresa): ejemplo en PDF
Es el contrato con el que una empresa o sociedad propietaria alquila una vivienda completa a una persona que va a vivir en ella de forma permanente. Se rige por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), igual que el de un propietario particular, pero con algunas diferencias importantes.
Cuándo se usa
La propietaria es una persona jurídica: una sociedad, una fundación, una cooperativa…
La vivienda va a ser el hogar habitual del inquilino.
La empresa no es gran tenedor. Si lo es, el contrato debe prepararlo un profesional, porque la ley le impone obligaciones adicionales.
En qué se diferencia del contrato con propietario particular
Duración mínima de 7 años (en lugar de 5). Si se pacta menos, el contrato se prorroga cada año hasta llegar a 7, salvo que el inquilino avise de que se va.
La empresa firma siempre a través de un representante con poder suficiente.
La empresa no puede recuperar la vivienda por necesidad. Esa posibilidad solo existe cuando el propietario es una persona física.
La garantía adicional tiene el mismo límite de dos mensualidades, que se aplica a los contratos de hasta 7 años.
Qué incluye
Lo mismo que el contrato con propietario particular: identificación de las partes y de la vivienda, duración y prórrogas, renta y actualización (solo si se pacta, con el IRAV como límite), gastos, fianza de una mensualidad, reparaciones, derecho de compra preferente del inquilino y estado de la vivienda al entrar y al salir. Además, la empresa informa al inquilino de cómo trata sus datos personales.
Errores frecuentes
Pactar 5 años con una empresa propietaria. La duración mínima es de 7.
Incluir una cláusula para recuperar la vivienda por necesidad. No es posible para una persona jurídica.
Firmar sin comprobar el poder del representante. Quien firma debe poder obligar a la sociedad.
Cobrar al inquilino un seguro de impago, los honorarios de la inmobiliaria o el IBI. No está permitido.
No informar de cómo se tratarán los datos personales del inquilino.
Ten en cuenta
Varias de estas reglas proceden del Real Decreto-ley 29/2026, vigente desde el 8 de octubre de 2026 y pendiente de convalidación por el Congreso. Si cambia, actualizaremos esta ficha y las plantillas.
Opciones que admite el modelo
Interviene un avalista solidario. Requiere el contrato de afianzamiento D09.
El arrendador tiene contratado, a su cargo, un seguro de impago. Nunca se exige al inquilino (art. 36.5 LAU).
Se admiten animales de compañía.
No se admiten animales de compañía, salvo animales de asistencia.
Las partes prevén la inscripción del contrato en el Registro de la Propiedad.
El PDF de ejemplo muestra una de las combinaciones posibles.
Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre (pendiente de convalidación): Art. 3 (redacción de la LAU), art. 4 (gran tenedor) y DF 6.ª (tope de actualización hasta el 31-12-2027).
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¿Puedo usar este modelo de contrato de alquiler de vivienda habitual (propietario empresa) tal cual?
No conviene usarlo sin adaptarlo. Es un modelo de ejemplo con datos ficticios que el Equipo Pisos Clic ha preparado a partir de la normativa vigente el 29 de octubre de 2026, sin revisión de un abogado. Sirve para conocer su estructura y su contenido: adáptalo a tu caso y revísalo con un profesional antes de firmarlo.